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Cree que puede impedir la participación total
en la vida profesional
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha
dictaminado este jueves que la obesidad puede considerarse una discapacidad a
efectos de la directiva comunitaria sobre
igualdad de trato en el empleo. Ello significa que los
trabajadores obesos pueden invocar la protección contra la discriminación por
discapacidad prevista en la legislación comunitaria.
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La sentencia se refiere al caso de un ciudadano danés despedido
en 2010 tras haber trabajado quince años para el ayuntamiento de Billund como
cuidador infantil en su propia casa. El afectado denunció que su despido se
basó en una discriminación ilegal debido a su peso. Durante todo el tiempo que
estuvo empleado, nunca llegó a pesar menos de 160 kilos y se le consideraba
obeso.
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En su fallo, el Tribunal de Justicia resalta en primer lugar que
"en el empleo y la ocupación, el derecho de la Unión no consagra un
principio general de no discriminación por razón de la obesidad en cuanto a
tal".
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No obstante, la sentencia considera que la obesidad sí puede
considerarse una discapacidad a efectos de la directiva sobre igualdad de trato
en el empleo cuando "acarreara una limitación, derivada en particular de
dolencias físicas, mentales o psíquicas que, al interactuar con diversas
barreras, pudiera
impedir la participación plena y efectiva de dicha persona en la vida
profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores y si esta limitación fuera de larga
duración".
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"Este sería el caso, en particular, si la obesidad del
trabajador impidiera dicha participación debido a su movilidad reducida o a la
concurrencia de patologías que no le permitieran realizar su trabajo o que le
acarrearan una dificultad en el ejercicio de su actividad profesional",
concluye el fallo.
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