* SUNAT dio de baja a 525,871 empresas
entre el 2013 y 2016 respectivamente...
* Desde el primero de setiembre la Sunat limitará
la cantidad de comprobantes
físicos de contingencia. Se autorizará
como máximo al equivalente al 10%.
* La informalidad
va por encima del 73% a julio 2018
h
Las MIPYMES , somos la
principal fuerza generadora de empleo (+80% PEA) a través de su 99,5% del total de empresas formales , de las cuales
el 99,1% son microempresas, 4,3% pequeña y 0,2%
mediana de las cuales el 85,6% se dedican al comercio
y servicios, y el resto (14,4%) a la actividad productiva (manufactura,
construcción, agropecuario, minería y pesca). Por lo tanto, las MIPYMES
deberíamos de estar en las líneas de acción como aliados principales de los
gobiernos (central regional y municipal); más en la práctica somos los ausentes
y en algunos casos ninguneados, postergados y engañados.
El resultado de este divorcio entre
MIPYMES y estrado, es el incremento de la informalidad, hoy sobre el 73% muy al
margen de la larga lista de normas legales vigentes, en su
mayoría alejadas de la realidad. Todos recordamos cuando al inicio
del 2016 el Poder Ejecutivo y este Congreso de la
República dieron seis
medidas tributarias para las MYPES, referidas a:
1.- El
fraccionamiento de impuestos. Con esta medida nos dijeron " Las
empresas con ventas menores a 150 UIT (S/ 592,500) pueden fraccionar su IGV
hasta por 72 meses". Y dijeron "no más persecución ni acoso a los
peruanos emprendedores". NO se cumplió, SUNAT sigue cerrando
establecimientos y confiscando cuentas.
2.- Postergación
del pago del IGV. "Las empresas con ventas menores a 1,700 UIT
(S/ 6'715,000) podrán prorrogar el pago de sus tributos hasta 90 días.
3.- La
extinción de las deudas tributarias menores a 1 UIT (S/ 3,950) y
reducción de las deudas tributarias superiores a 1 UIT, aplicándose recortes de
90%, 70% y 50% al monto adeudado por intereses y multas amparado en el DL.1257 "ESTABLECE EL
FRACCIONAMIENTO ESPECIAL DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y OTROS INGRESOS ADMINISTRADOS
POR LA SUNAT". esta
norma solo tuvo una duración de 4 meses.
4.- Régimen
especial de recuperación anticipada para las MYPES. "Régimen
especial de recuperación anticipada del IGV para promover la adquisición de
equipos y maquinarias".
5.- Ley
de factoring. Acceso a financiamiento de las empresas a través de
una menor tasa de impuesto a la renta a las facturas negociables.
6.- Nuevo
régimen MYPE tributario (RMT).
A ello se
suma la "Facturación Electrónica", con muy poca difusión y
capacitación para el uso de la misma. En realidad a la fecha nos han vendido
las ventajas, tales como:
1.- Agiliza trámites.
2.- Facilita acceso a mejores productos
financieros.
3.- Hay ahorro con la
implementación de la facturación electrónica.
4.- Contribuyes con el cuidado ambiental
(se evitará la tala de 57.6 árboles por año, la emisión de
14.4 toneladas de CO2 y el uso de 180 mil litros de agua), entre otros.
Lo cierto es, que la competitividad
empresarial exige pasar por la formalización y
para ello insistiremos al MEF (SUNAT) y Congreso de la República se
adopten medidas reales, partiendo por el "Sinceramiento
tributario" y la de "Impulsar la educación y cultura
tributaria".
Con tal motivo COMPYMEP junto
al Centro Empresarial CEFAS y AUDIOLIS INTERNACIONAL organizamos el
conversatorio " FACTURACIÓN ELECTRÓNICA Y
SINCERAMIENTO TRIBUTARIO" a desarrollarse desarrollará
este 17 agosto en el horario de 5 a 8pm en el Centro
Empresarial CEFAS, cito en el Jirón Manuel Segura 271 Urb. Santa
Beatriz (Alt. Cdra. 15 Av. Arequipa). El ingreso es libre, previa inscripción
al E-mail : compymep2015@gmail.com.
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