La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del
Tribunal del Indecopi confirmó la sanción impuesta en primera instancia por la
Comisión de Protección al Consumidor de Lima Norte, a American Airlines,
sucursal del Perú, por demorar, cancelar y reprogramar 29 vuelos
internacionales sin justificación.
La
empresa incumplió el deber de idoneidad, establecido en el art. 19 del Código
de Protección y Defensa del Consumidor, afectando a los pasajeros que no
pudieron arribar a su destino.
Durante el procedimiento, iniciado de oficio por la citada
Comisión, American Airlines dijo que la demora, la cancelación y la
reprogramación de los vuelos se debió a hechos fortuitos o de fuerza mayor.
Se
le impuso una multa de 50,39 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir,
S/ 204 mil 79,5.
En un plazo de 30
días hábiles, después de ser notificada, deberá devolver el costo del pasaje a
los viajeros de los vuelos: AA 988 ruta Lima- Dallas, del 3 y 20 de enero, 9 y
15 de febrero, 10 de marzo, 2 y 16 de abril, 2, 3 y 20 de mayo, 10 de junio, 27
de julio, 5 de setiembre, 9, 18 y 22 de octubre, 11 y 18 de noviembre del
2014.AA 918, ruta Lima-Miami, del 26 y 27 de enero, 3 y 12 de marzo, 11 de
mayo, 5 y 18 de setiembre del 2014. AA 261, ruta Lima-Miami, del 25 y 29 de
diciembre del 2014.❧
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