Según Sala Especializada del Indecopi, la
operadora lanzó promoción de WhatsApp ilimitado sin saldo y sin recargas, lo
cual no resultó ser veraz.
La
Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopiconfirmó
la sanción de primera instancia que impuso a Entel Perú por 286.24 unidades
impositivas tributarias (UIT), equivalentes a 1 millón 159 mil 272
soles por emitir publicidad engañosa.
¿Qué ofrecían? Según el Indecopi, Entel
difundió una campaña publicitaria cuyo mensaje principal indicaba que “todos
los usuarios y potenciales usuarios de Entel tienen acceso a la promoción de
WhatsApp ilimitado sin saldo y sin recargas, hasta el 31 de diciembre de 2015”,
lo cual no resultó ser veraz.
Según
el artículo 8.1 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal -aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1044 – se prohíbe que los agentes económicos
realicen actos que tengan por efecto, real o potencial, inducir a error al
consumidor, respecto de las características o condiciones de los bienes o
servicios que ofrecen en el mercado, o de los atributos que tiene su negocio.
Engaño. La decisión de la Sala
determinó que Entel Perú S.A. incurrió en actos de competencia desleal, en la
modalidad de engaño, pues, contrariamente a lo anunciado en su campaña
publicitaria, se verificó que en realidad dicha promoción presentaba las
siguientes condiciones y restricciones:
-Para acceder a dicha promoción, el usuario prepago debía efectuar, necesariamente, una recarga mínima de S/. 5 (cinco soles), que le permitiría activar la denominada “Superyapa”, o adquirir el paquete denominado “Superbolsa”.
-Para acceder a dicha promoción, el usuario prepago debía efectuar, necesariamente, una recarga mínima de S/. 5 (cinco soles), que le permitiría activar la denominada “Superyapa”, o adquirir el paquete denominado “Superbolsa”.
-La promoción no
tenía una duración hasta el 31 de diciembre de 2015 para el usuario prepago,
sino que duraba un día, en el caso de la recarga “Superbolsa”, y tres días,
para el caso de la recarga “Superyapa”.
Finalmente, a
diferencia de lo indicado en el mensaje principal de la campaña publicitaria,
dicha promoción no estaba dirigida para todos los usuarios postpago, sino para
aquellos con planes iguales o mayores a S/ 39 (treinta y nueve soles). Los
usuarios postpago que tenían planes menores a ese monto, debían contar,
obligatoriamente, con un saldo mínimo o realizar recargas.http://rpp.pe/economia/economia/indecopi-confirma-multa-de-s-115-millones-a-entel-peru-por-publicidad-enganosa-noticia-1068890
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