El Gobierno
promulgó la Ley para la reinserción económica y financiera de los agricultores
que se acogieron al programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA), que
determina la condonación de deudas menores a 40,500 soles.
La Ley
también contempla una reducción de 70% a 30% para quienes tienen obligaciones
mayores, desde S/ 40.500 (10 UIT) hasta S/ 1.417.500 (350 UIT).
La
norma señala que las deudas deben estar registradas en la base de datos de la
Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) y cuyo monto total, sumados
capital, intereses, moras y demás gastos devengados de la deuda, no exceda las
350 UIT.
“Se
entiende como deuda, la que se encuentra reportada al 31 de diciembre de 2016,
incluidos capital, intereses, moras y demás gastos devengados de la deuda”,
agrega.
En el
caso de las deudas contraídas en moneda extranjera se aplican los montos
equivalentes al tipo de cambio correspondiente publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Componentes
El
programa tiene cuatro componentes: Solicitud de acceso al Programa; Plan de
Reinserción Financiera para los Deudores; Bono de descuento sobre las
obligaciones
; y
Plan de Reestructuración de Obligaciones
Para
acceder al Programa los deudores presentan la solicitud de acceso al Programa,
para su respectiva evaluación y aprobación. Una vez aprobada, los deudores
deben cumplir con las condicionalidades definidas en el Plan de Reinserción
Financiera para los Deudores, exclusivamente vinculados con capacitaciones
orientadas al fortalecimiento de las habilidades financieras y productivas de
los beneficiarios.
Esto
les permite acceder al bono de descuento sobre las obligaciones y al Plan de
Reestructuración de Obligaciones, en el caso que sea aplicable.
Bonos
de descuento
Aquellos
deudores que participan satisfactoriamente del Plan de Reinserción Financiera
para los Deudores acceden a un bono de descuento de obligaciones, de acuerdo al
siguiente criterio:
Aquellos
deudores cuyas deudas totales son inferiores a 10 UIT (40,500 soles), acceden a
un bono de descuento hasta por el 100% de la deuda total, incluido capital,
intereses, moras y demás gastos devengados.
Aquellos
deudores cuya calificación, según el reporte de deudas de la SBS es normal,
acceden a un bono de descuento correspondiente al 100% de los intereses, moras
y demás gastos devengados.
Aquellos
deudores cuya calificación, según el reporte de deudas de la SBS es diferente a
la calificación normal, o que no registren calificación alguna en dicho
reporte, se verán beneficiados por un bono de descuento sobre los intereses,
moras y demás gastos devengados de la deuda, de acuerdo a la siguiente escala:
- Bono
de descuento de 70% sobre los intereses, las moras y demás gastos devengados,
para las deudas mayores a 10 UIT (40,500 soles) y menores o iguales a 50 UIT
(202,500 soles) o su equivalente en dólares americanos al tipo de cambio
oficial vigente establecido por la SBS.
- Bono
de descuento de 50% sobre los intereses, las moras y demás gastos devengados,
para las deudas mayores a 50 UIT (202,500 soles) y menores o iguales a 100 UIT
(405,000 soles) o su equivalente en dólares americanos al tipo de cambio
oficial vigente establecido por la SBS.
- Bono
de descuento de 30% sobre los intereses, las moras y demás gastos devengados, para
las deudas mayores a 100 UIT (405,000 soles) y menores o iguales a 350 UIT (un
millón 417,500 soles) o su equivalente en dólares americanos al tipo de cambio
oficial vigente establecido por la SBS.
Plan de
reestructuración
Aquellos
agricultores que accedan al bono de descuento sobre las obligaciones podrán
acceder al Plan de Reestructuración de Obligaciones para establecer un
cronograma de pagos del saldo de la deuda.
El
plazo máximo para la reestructuración de la deuda es de 60 meses, y la tasa
efectiva anual dependerá si fue en soles o dólares.
Los
deudores que opten por el pago al contado del saldo de la deuda, luego de
aplicado el bono de descuento sobre las obligaciones, tienen acceso a un
descuento adicional de 20% sobre el saldo de la deuda.
La Ley
dispone un plazo de acogimiento al Programa hasta junio de 2018. Aquellos
acreedores que a dicha fecha no estén acogidos al Programa, se mantienen dentro
del proceso de cobranza.
El
Agrobanco es responsable de la gestión de los procesos asociados a la solicitud
de acceso al Programa, para lo cual se establece la operatividad necesaria para
la evaluación y gestión de este registro de información.
El
Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) y el Agrobanco son los responsables
de la difusión para el acceso al Programa. El Agrobanco es el responsable de la
ejecución del Plan de Reinserción Financiera para los Deudores, en coordinación
con el Minagri y Cofide.
http://agraria.pe/noticia.php?url=promulgan-ley-que-condona-deudas-menores-a-s-40500&id=14209
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