LOS SUPERMERCADOS AL DONAR EL VUELTO DE SUS CLIENTES ¿RECIBEN BENEFICIOS TRIBUTARIOS?


Sábado, 08 de abril del 2017
A muchos nos ha pasado que al momento de pagar en un supermercado a veces nos consultan si queremos donar los céntimos que recibiríamos de vuelto.
La duda que surge es si la empresa tendrá algún beneficio tributario por esta acción.
Al respecto, el abogado tributarista, Rudolf Roeder (socio de PwC Perú), aclaró que las empresas no reciben un beneficio tributario por entregar las donaciones dadas por sus clientes.
Ello pues, según indica, sería fácil de detectar por la Sunat y la imagen de la empresa quedaría mellada.
Lo que suelen hacer las empresas es adicionar una donación propia, lo cual se suma a lo donado por sus clientes, refiere Roeder. Lo donado por la propia empresa sí aplicará a los beneficios tributarios, indicó.
El beneficio tributario consiste en que el supermercado puede deducir como gasto lo donado al momento de su declaración anual del Impuesto a la Renta.
Los fondos donados por los clientes no se consideran propios del supermercado, refiere Roeder. “Están fuera del balance general, de sus libros”, anota.
Si la empresa quisiera aplicar como suyo lo donado por sus clientes y obtuviera un certificado de donación, ello podría ser detectado por la Sunat.
“La Sunat al fiscalizar vería que salió de la caja 100 (para donar), pero tiene un certificado por 120, entonces detectaría que está engañando. Sería un paleón mayúsculo y considerando que las empresas hacen esto para mejorar su imagen, no creo que se corran el riesgo de ser detectadas”, señaló Roeder a Gestión.pe.
“Así que tranquilos, si no les interesa los centavos, dónenlo. Eso va a llegar a su destino y es muy poco probable que un supermercado pretenda tomar algún beneficio”, anotó el especialista.
Cabe recordar que la actual legislación otorga el beneficio tributario en cualquier momento del año para la donación de alimentos en buen estado que hubieran perdido valor comercial (ello suele ser aplicado por los supermercados).
Asimismo, en caso de que una zona afectada por desastres sea declarada en emergencia, también podrán aplicar al beneficio tributario las donaciones de una lista adicional de bienes y servicios necesarios para ayudar a la población (esta lista oficial se da a través de un decreto del Gobierno).

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