SUNAT: INDEPENDIENTES ESTARÁN OBLIGADOS A EMITIR RECIBOS ELECTRÓNICOS AL PRESTAR SERVICIOS A PERSONAS
Exigencia
regirá desde el 1ro de abril, señala norma emitida hoy por la Sunat. Desde el
2015 ya aplica emisión de recibos electrónicos al prestar servicios a empresas.
Desde el primero de abril,
los trabajadores independientes (rentas de cuarta categoría) deberán
obligatoriamente emitir recibos por honorarios electrónicos cuando brinden servicios a personas
naturales.
Así lo dispone una resolución emitida hoy por la Sunat (puede
leer el íntegro de la norma en este enlace).
El abogado tributarista, Jorge
Picón, explicó que desde el 2015 los recibos electrónicos eran
obligatorios en caso se brinde servicios a empresas, pero ahora también lo será
en el caso de servicios prestados a personas naturales.
Asimismo, para disminuir,
aumentar, o anular un recibo por honorario deberán utilizar notas de crédito
electrónicas.
La resolución de la Sunat refiere
que solo se permitirá emitir los recibos físicos cuando hayan causas ajenas al
contribuyente que impidan la emisión electrónica.
“Esto se daría cuando, por
ejemplo, no haya acceso a Internet, pero la regla general es que la mayoría
tendrá que aplicar los recibos electrónicos”, anotó Picón. http://gestion.pe/tu-dinero/sunat-independientes-estaran-obligados-emitir-recibos-electronicos-al-prestar-servicios-personas-2182476?utm_source=gestion&utm_medium=mailing&utm_campaign=newsletter_2017_02_17
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