APRUEBAN TRANSFERENCIAS FINANCIERAS Y EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A FAVOR DE DIVERSAS PERSONAS JURÍDICAS PRIVADAS
RESOLUCIÓN
DE PRESIDENCIA
Nº
092-2016-CONCYTEC-P
Lima, 22 de junio de
2016
VISTOS: El Informe
Técnico Legal Nº 018-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 156
-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de
Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 159-2016-CONCYTEC-OGPP y
Nº 123-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Trigésima Cuarta
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza
excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y
proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a)
Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno
Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a
favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el
país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se
aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa
suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la
que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución
de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de
Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº
003-2016-CONCYTEC -OGPP “Procedimiento para la aprobación de transferencias
financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la
Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016” (en adelante, la
Directiva);
Que, mediante Oficio Nº
156-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la
aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a
favor de personas jurídicas privadas, por un monto total de S/ 5’646,577.23 a
favor de las entidades públicas y las personas jurídicas ganadoras del Esquema
Financiero EF 012 “Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015”
Convocatoria 2015-II, del Esquema Financiero EF-011-2015-III: “Organización de
Eventos Científicos y Tecnológicos” Convocatoria 2015-III, del Esquema Financiero
denominado EF 042 “Proyectos en Áreas Prioritarias Regionales”, y del Esquema
Financiero EF-041: “Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de
Investigación Aplicada” - Convocatoria a Concurso 2015-I, conforme a lo
dispuesto en las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 064, Nº 119
(complementada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 138-2015
-FONDECYT-DE), Nº 123 (modificada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº
136-2015-FONDECYT -DE), Nº 148, Nº 173 y Nº 144-2015-FONDECYT-DE, respectivamente;
Que, la Dirección
Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 018-2016
-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de
Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la
Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica,
presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras por un monto total
de S/ 1’522,887.06, a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía
Peruana (S/ 608.40), la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann (S/
59,550.00), el Instituto Geofísico del Perú (S/ 47,799.25), la Universidad
Nacional de Trujillo (S/ 80,002.25), la Universidad Nacional de Ingeniería (S/
590,232.11), el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (S/ 191,590.37), el
Instituto del Mar del Perú (S/ 121,688.13), el Instituto Tecnológico de la
Producción (S/ 314,373.55), y la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/
117,043.00); así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas
jurídicas privadas por un monto total de S/ 4’123,690.17, a favor de la
Universidad Privada Antenor Orrego - UPAO (por las sumas de S/ 2,487.75 y S/
128,985.57), el Centro de Ecología y Biodiversidad - CEBIO (S/ 1,475.00), Pro
Delphinus (S/ 2,477.36), la Universidad de Lima (S/ 102,912.07), la Universidad
Peruana Cayetano Heredia (S/ 221,900.75), Consultores y Contratistas Generales
S.A.C. (S/ 237,487.43), la Universidad de Piura (S/ 654,424.97), la Universidad
Católica de Santa María (S/ 217,453.25), la Universidad Católica San Pablo (S/
265,774.76), la Universidad de Ingeniería y Tecnología (S/ 366,880.07), la
Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 1’818,630.19), y la Universidad
Peruana Unión (S/ 102,801.00), para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología
e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal.
Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N°
0000000233, Nº 0000000451, Nº 0000000484, Nº 0000000492 y Nº 0000000493, copias
de la Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 064, Nº 119 (complementada
mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 138-2015-FONDECYT-DE), Nº 123
(modificada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº
136-2015-FONDECYT-DE), Nº 148, Nº 173 y Nº 144-2015-FONDECYT-DE, así como
copias de los Convenios de Subvención Nº 049, Nº 078, Nº 079, Nº 090, Nº 094,
Nº 099, Nº 100, Nº 103, Nº 105, Nº 106, Nº 113, Nº 115, Nº 120, Nº 122, Nº 123,
Nº 127, Nº 128, Nº 130, Nº 141, Nº 143, Nº 144, Nº 146, Nº 154, Nº 157, Nº 158,
Nº 159, Nº 160, Nº 161, Nº 163, Nº 165, Nº 170, Nº 184, Nº 201, Nº 209, Nº 210,
Nº 215, Nº 217, Nº 219, Nº 222, Nº 224, Nº 226, Nº 241 y Nº 242-2015-FONDECYT;
Que, los Responsables de
la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y
Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de
la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos
técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el
Informe Técnico Legal Nº 018-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones
contenidas en las Bases de los mencionados Concursos, los citados Convenios
Subvención, y en la normativa vigente sobre la materia;
Que, mediante Informe Nº
159-2016-CONCYTEC-OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y
Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT,
concluyendo que la aprobación de las transferencias financieras y el
otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas solicitadas por el
FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal
para ser atendidos hasta por el importe total de S/ 5’646,577.23, con el cual
se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº
018-2016-FONDECYT-UPP -UAJ-USM;
Que, con el Informe Nº
123-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica
del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico
Legal Nº 018-2016 -FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº
159-2016-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva;
Con la visación del
Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y
Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del
Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de
Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y
Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del
FONDECYT;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las
transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de
personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 5’646,577.23 (Cinco
Millones Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Quinientos Setenta y Siete y 23/100
Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/aprueban-transferencias-financieras-y-el-otorgamiento-de-sub-resolucion-no-092-2016-concytec-p-1396238-1/
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