APRUEBAN TRANSFERENCIAS FINANCIERAS Y EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A FAVOR DE DIVERSAS PERSONAS JURÍDICAS PRIVADAS


RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 092-2016-CONCYTEC-P
Lima, 22 de junio de 2016
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 018-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 156 -2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 159-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 123-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC -OGPP “Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016” (en adelante, la Directiva);
Que, mediante Oficio Nº 156-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por un monto total de S/ 5’646,577.23 a favor de las entidades públicas y las personas jurídicas ganadoras del Esquema Financiero EF 012 “Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015” Convocatoria 2015-II, del Esquema Financiero EF-011-2015-III: “Organización de Eventos Científicos y Tecnológicos” Convocatoria 2015-III, del Esquema Financiero denominado EF 042 “Proyectos en Áreas Prioritarias Regionales”, y del Esquema Financiero EF-041: “Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada” - Convocatoria a Concurso 2015-I, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 064, Nº 119 (complementada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 138-2015 -FONDECYT-DE), Nº 123 (modificada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 136-2015-FONDECYT -DE), Nº 148, Nº 173 y Nº 144-2015-FONDECYT-DE, respectivamente;
Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 018-2016 -FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras por un monto total de S/ 1’522,887.06, a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (S/ 608.40), la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann (S/ 59,550.00), el Instituto Geofísico del Perú (S/ 47,799.25), la Universidad Nacional de Trujillo (S/ 80,002.25), la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 590,232.11), el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (S/ 191,590.37), el Instituto del Mar del Perú (S/ 121,688.13), el Instituto Tecnológico de la Producción (S/ 314,373.55), y la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 117,043.00); así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 4’123,690.17, a favor de la Universidad Privada Antenor Orrego - UPAO (por las sumas de S/ 2,487.75 y S/ 128,985.57), el Centro de Ecología y Biodiversidad - CEBIO (S/ 1,475.00), Pro Delphinus (S/ 2,477.36), la Universidad de Lima (S/ 102,912.07), la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/ 221,900.75), Consultores y Contratistas Generales S.A.C. (S/ 237,487.43), la Universidad de Piura (S/ 654,424.97), la Universidad Católica de Santa María (S/ 217,453.25), la Universidad Católica San Pablo (S/ 265,774.76), la Universidad de Ingeniería y Tecnología (S/ 366,880.07), la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 1’818,630.19), y la Universidad Peruana Unión (S/ 102,801.00), para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000233, Nº 0000000451, Nº 0000000484, Nº 0000000492 y Nº 0000000493, copias de la Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 064, Nº 119 (complementada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 138-2015-FONDECYT-DE), Nº 123 (modificada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 136-2015-FONDECYT-DE), Nº 148, Nº 173 y Nº 144-2015-FONDECYT-DE, así como copias de los Convenios de Subvención Nº 049, Nº 078, Nº 079, Nº 090, Nº 094, Nº 099, Nº 100, Nº 103, Nº 105, Nº 106, Nº 113, Nº 115, Nº 120, Nº 122, Nº 123, Nº 127, Nº 128, Nº 130, Nº 141, Nº 143, Nº 144, Nº 146, Nº 154, Nº 157, Nº 158, Nº 159, Nº 160, Nº 161, Nº 163, Nº 165, Nº 170, Nº 184, Nº 201, Nº 209, Nº 210, Nº 215, Nº 217, Nº 219, Nº 222, Nº 224, Nº 226, Nº 241 y Nº 242-2015-FONDECYT;
Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 018-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados Concursos, los citados Convenios Subvención, y en la normativa vigente sobre la materia;
Que, mediante Informe Nº 159-2016-CONCYTEC-OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidos hasta por el importe total de S/ 5’646,577.23, con el cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 018-2016-FONDECYT-UPP -UAJ-USM;
Que, con el Informe Nº 123-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 018-2016 -FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 159-2016-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva;
Con la visación del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 5’646,577.23 (Cinco Millones Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Quinientos Setenta y Siete y 23/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/aprueban-transferencias-financieras-y-el-otorgamiento-de-sub-resolucion-no-092-2016-concytec-p-1396238-1/

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