El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inició
un procedimiento administrativo sancionador contra la empresa Embotelladora Don
Jorge, con una multa de 6 UIT(Unidades
Impositivas Tributarias).
Embotelladora Don Jorge infringió los artículos 18°, 19° y 30° del Código de Protección
y Defensa del Consumidor, referidos a los principios de idoneidad, obligación
de los proveedores e inocuidad de los alimentos, respectivamente. Este último
referido al derecho que tienen los consumidores a consumir alimentos inocuos.
Asimismo,
durante el procedimiento llevado a cabo ante la Comisión de Protección al
Consumidor N° 2 quedó acreditado que esta embotelladora, elaboró y puso a
disposición de la denunciante una botella con agua, de la marca “Vida”, la cual
contenía una partícula extraña.
Cuando
la denunciante se percató de que una de las 15 botellas que había adquirido
mostraba un elemento extraño en su interior, acudió a Embotelladora Don Jorge
para informarle lo sucedido.
La multa alcanzaría los 6 UIT,
es decir, alrededor de S/. 23.100. Además, impuso como medida correctiva que
Embotelladora Don Jorge adopte todas las medidas necesarias que permitan
asegurar la calidad y distribución del producto en condiciones de higiene
adecuadas.
La empresa sancionada apeló
la decisión ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor, segunda y
última instancia del Indecopi .
Los evidencias presentadas
en el procedimiento, se adjuntó un informe de la Dirección General de Salud
Ambiental (Digesa ). Se señaló que el envase estaba
herméticamente sellado y, se observaba una materia extraña en su interior;
haciendo que no sea apto para consumo humano, al no cumplir con el principio de
idoneidad respecto de la naturaleza del producto.
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