Aquellos trabajadores
independientes que emiten recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales
que no superen 2,880 soles, es decir que pertenecen a la cuarta categoría,
deben seguir una serie de pasos para poder acceder al beneficio de evitar el
pago del Impuesto a la Renta (IR).
Según la
resolución de la Superintendencia de la Sunat 367-2015, publicada en el Diario
Oficial El Peruano, será necesario realizar un trámite, con la finalidad de
solicitar la suspensión de retenciones o pagos de cuenta.
Para ello se
deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Monto
Podrán
acceder aquellas personas que al realizar su proyección de ingresos durante el
2016, no superen los 34,560 soles.
Si se supera
el monto, el contribuyente deberá declarar y efectuar el pago a cuenta del
Impuesto a la Renta correspondiente, así como consignar en sus recibos por
honorarios el importe de la retención (que para este año será de 8 por
ciento).
Ingreso al portal
Si cumple con
el referido requisito, el contribuyente deberá ingresar al portal de la Sunat y
acceder con su “Clave SOL” a “SUNAT Operaciones en Línea”, módulo donde podrá
ubicar el Formulario Virtual N° 1609.
Impresión de constancia
Tras colocar
la información solicitada y previa validación de los datos, se podrá imprimir
la “Constancia de Autorización” de suspensión, que tiene vigencia hasta el 31
de diciembre del 2016.
Canales de información
Para mayor
información los contribuyentes se pueden comunicar con la Central de Consultas
telefónicas a los números 0-801-12-100 (desde un teléfono fijo) y 315-0730
(desde un celular).
También
podrán ingresar al portal institucional de la Sunat o solicitar orientación
personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el
país.
http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-%C2%BFimpuesto-a-renta-como-acceder-a-beneficio-si-perteneces-a-cuarta-categoria-592460.aspx
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