Mañana lunes 16 de noviembre vence el plazo para que los
empleadores realicen el depósito de la Compensación por Tiempo de
Servicio (CTS) para todos los trabajadores que están bajo el
régimen laboral de la actividad privada y según la Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral (Sunafil) hay más de 26,000 trabajadores afectados por la
falta de este pago.
“Debido a la importancia de este pago para los trabajadores, la
Sunafil ha venido realizando aproximadamente 13,500 acciones de fiscalización
sobre CTS a
nivel nacional, habiendo encontrado más de 26 mil trabajadores afectados por el
incumplimiento del abono de este derecho laboral”, indicó.
La CTS es
un beneficio laboral para todos los trabajadores comprendidos en el régimen
laboral de la actividad privada, que cumplan con una jornada mínima de cuatro
horas diarias.
De acuerdo con la
normatividad vigente, el abono debe realizarse durante los primeros quince días
calendarios de los meses de mayo y noviembre de cada año, sin embargo, dado que
este 15 de noviembre es domingo, deberá efectuarse el día lunes 16.
El incumplimiento del depósito de este beneficio social es
considerado una “infracción grave” en materia sociolaboral y podría sancionarse
hasta con S/. 192,000 o 50 UIT, en el caso de una empresa que no sea una micro
y pequeña empresa (mype).
En una pequeña empresa, la multa podría llegar hasta 38 mil 500
nuevos soles, lo equivalente a 10 UIT.
En el caso de incumplimiento del pago, adicionalmente a la
multa, el empleador estará obligado a pagar el monto correspondiente por CTS más
los intereses laborales generados y establecidos de acuerdo a ley.
La CTS es
un beneficio social de previsión ante posibles contingencias que originen el
cese en el trabajo, y que tiene por finalidad cubrir las necesidades en caso de
desempleo. El trabajador tiene derecho al cómputo de la CTS desde
el primer mes de iniciado el vínculo laboral.
La fórmula para el cálculo del depósito de la CTS es
la remuneración computable más 1/6 de gratificación percibida, dividida entre
12 y multiplicada por 6.
Para el depósito de la CTS en
mayo se considera el periodo comprendido entre el 1 de noviembre al 30 de
abril. Para el depósito de la CTS en
noviembre se considera el periodo comprendido entre 1 de mayo al 31 de octubre.
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