Según el
reglamento, los proyectos de innovaciónpodrán realizarse de manera directa por parte del
contribuyente o a través de centros de investigación científica, de desarrollo
tecnológico y/o innovación tecnológica.
Al parecer la presión
del ministro de la
Producción, Piero Ghezzi, que hizo público en la pasada cumbre de empresarios
de la Alianza
del Pacífico funcionó
y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)
publicó hoy el reglamento de la Ley que promueve la investigación científica,
desarrollo tecnológico e innovación tecnológica.
Dicha
ley estableció una deducción adicional (175%) para efectos de la determinación
del Impuesto a la Renta para los contribuyentes que realicen gastos en
proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico.
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a innovación ]
El reglamento establece que
el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec)
será la entidad de calificar a los proyectos como de investigación científica,
desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica.
Las
personas que tengan acceso al contenido del proyecto deberán guardar la debida
administrativa, civil y/o penal correspondiente. La norma señala explícitamente
que dicha calificación se otorgará en un plazo máximo de 30 días hábiles y en
caso de falta de un pronunciamiento oportuno se aplicará el silencio
administrativo negativo.
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e INEI realizarán el Primer Censo
Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico 2015 ]
El
proyecto de investigación científica, desarrollo tecnológico o innovación
tecnológica puede ser desarrollado directamente por el contribuyente o mediante
centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico y/o de
innovación tecnológica. En ambos casos la entidad encargada de otorgar la
autorización será el Concytec.
En
caso el proyecto sea desarrollado directamente por un contribuyente, la
autorización le será entregada si cumple una serie de requisitos como tener a
disposición el equipamiento, infraestructura, sistemas de información y bienes
que sean necesario para el desarrollo del proyecto.
Estos
bienes deberán ser idóneos y estar individualizados, indicando las actividades
en las que serán utilizados. Mientras que los investigadores o especialistas
que formen parte del proyecto deberán tener el conocimiento necesario para
realizar dicho proyecto, el que será sustentado con la información consignada
en el Directorio Nacional de Investigadores del Concytec.
El
plazo de la autorización que reciban los contribuyentes para realizar el
proyecto será de cuatro años y no podrá exceder de dicho plazo. El
contribuyente podrá realizar uno o varios proyectos mientas dure la
autorización.
Ese
mismo plazo tendrán las autorizaciones otorgadas a los centros de investigación
científica, de desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica que vayan a
desarrollar proyectos. Estos centros serán aquellos que tenga entre sus
actividades principales a la realización de labores de investigación
científica, desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica en una o más
disciplinas de investigación.
Obtenida
la calificación del proyecto, el contribuyente podrá cambiar de centro de
investigación a uno distinto del que inicialmente estuvo a cargo del proyecto,
siempre que este último cuente con la autorización para desarrollar proyectos
en la misma área y disciplina de investigación del proyecto aprobado.
Lo
dispuesto en el reglamento entrará en vigencia el 1 de enero del 2016.
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