PRESIDENTE OLLANTA HUMALA PROMULGA LEY QUE AUMENTA INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA INERSION EN CIENCIA Y TECNOLOGIA
Durante
su discurso de orden, el jefe de Estado destacó el compromiso de su gobierno
con la educación, sector muy ligado a la ciencia y la tecnología.
“El
gobierno se pone las pilas y quiere incentivar en el sector privado una
política de capacitación, de búsqueda de investigar mejoras tecnológicas en la
producción, por eso es que el Estado se moja en este tema, aun en épocas de
desaceleración en el mundo”, resaltó.
Añadió
que para su gobierno “es importante el fortalecimiento de CONCYTEC”,
institución que –recordó– cuenta con fondos para financiar actividades de
investigación y tiene la capacidad de traer científicos y exportar jóvenes que
quieren seguir estudios superiores y carreras de investigación para que luego
trabajen en nuestro país.
“Estamos
construyendo un ejército de científicos y un ejército de jóvenes capacitados
que nos ayuden a tener un mejor país”, resaltó.
Por
su parte, la presidente del CONCYTEC, Dra. Gisella Orjeda explicó que, de
acuerdo a la norma, su institución estará encargada de analizar cada uno de los
proyectos que presenten las empresas interesadas en recibir este beneficio
tributario, pero aseguró que este proceso se realizará con la reserva del caso
y en el menor tiempo posible.
“Los
proyectos pueden ser ejecutados directamente por las empresas o mediante
centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o centros de
innovación tecnológica. Pondremos énfasis en la protección de los proyectos que
se presenten”, explicó.
Cabe
precisar que la norma promulgada hoy aumenta el incentivo tributario a través
del Impuesto a la Renta (IR). Anteriormente, las empresas que invertían en
I+D+i podían deducir estos gastos hasta un 100%; ahora, este nivel llega hasta
175% en el caso de que los proyectos sean desarrollados directamente por el
contribuyente o mediante institutos de investigación peruanos; y 150% si es que
se trabaja con centros de I+D+i del extranjero.
De
esta forma todos los gastos en estas actividades se multiplicarán por el factor
1.75 (proyecto desarrollado por empresas o centros de investigación peruano) o
1.5 (proyecto desarrollado por centros de I+D+I extranjeros), disminuyendo aún
más la base imponible.
Los
contribuyentes tendrán derecho a la deducción adicional de 75% o 50% si cumple
con los siguientes requisitos:
•
Los proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación
tecnológica deben ser calificados como tales.
•
El proyecto debe ser realizado directamente por el contribuyente o mediante
centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación
tecnológica.
•
Asimismo, deben contar con investigadores o especialistas, según corresponda,
que estén inscritos en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores
(DINA) que gestiona el CONCYTEC, así como con materiales dedicados al proyecto,
que cumplan los requisitos mínimos que establezca el Reglamento.
•
Los contribuyentes que accedan a este beneficio tributario deberán llevar
cuentas de control por cada proyecto, las que deberán estar debidamente
sustentadas.
•
El resultado del proyecto de desarrollo tecnológico o innovación tecnológica
debe ser registrado en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de
la Protección de la Propiedad Intelectual-INDECOPI, de corresponder.
•
La deducción adicional del 75% y 50% no podrá exceder en cada caso del límite
anual de mil trescientos treinta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (1335
UIT).
•
La calificación del proyecto debe efectuarse en un plazo de 30 días hábiles. Es
de mencionar que el primer proyecto de I+D+i presentado al CONCYTEC fue
calificado en 27 días, es decir, en un plazo menor al previsto por esta nueva
norma.
http://portal.concytec.gob.pe/index.php/noticias/312-presidente-ollanta-humala-promulga-ley-que-aumenta-incentivos-tributarios-para-inversion-en-ciencia-tecnologia-e-innovacion-tecnologica
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