PRESIDENTE OLLANTA HUMALA PROMULGA LEY QUE AUMENTA INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA INERSION EN CIENCIA Y TECNOLOGIA

Durante su discurso de orden, el jefe de Estado destacó el compromiso de su gobierno con la educación, sector muy ligado a la ciencia y la tecnología.
“El gobierno se pone las pilas y quiere incentivar en el sector privado una política de capacitación, de búsqueda de investigar mejoras tecnológicas en la producción, por eso es que el Estado se moja en este tema, aun en épocas de desaceleración en el mundo”, resaltó.
Añadió que para su gobierno “es importante el fortalecimiento de CONCYTEC”, institución que –recordó– cuenta con fondos para financiar actividades de investigación y tiene la capacidad de traer científicos y exportar jóvenes que quieren seguir estudios superiores y carreras de investigación para que luego trabajen en nuestro país.
“Estamos construyendo un ejército de científicos y un ejército de jóvenes capacitados que nos ayuden a tener un mejor país”, resaltó.
Por su parte, la presidente del CONCYTEC, Dra. Gisella Orjeda explicó que, de acuerdo a la norma, su institución estará encargada de analizar cada uno de los proyectos que presenten las empresas interesadas en recibir este beneficio tributario, pero aseguró que este proceso se realizará con la reserva del caso y en el menor tiempo posible.
“Los proyectos pueden ser ejecutados directamente por las empresas o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o centros de innovación tecnológica. Pondremos énfasis en la protección de los proyectos que se presenten”, explicó.
Cabe precisar que la norma promulgada hoy aumenta el incentivo tributario a través del Impuesto a la Renta (IR). Anteriormente, las empresas que invertían en I+D+i podían deducir estos gastos hasta un 100%; ahora, este nivel llega hasta 175% en el caso de que los proyectos sean desarrollados directamente por el contribuyente o mediante institutos de investigación peruanos; y 150% si es que se trabaja con centros de I+D+i del extranjero.
De esta forma todos los gastos en estas actividades se multiplicarán por el factor 1.75 (proyecto desarrollado por empresas o centros de investigación peruano) o 1.5 (proyecto desarrollado por centros de I+D+I extranjeros), disminuyendo aún más la base imponible.
Los contribuyentes tendrán derecho a la deducción adicional de 75% o 50% si cumple con los siguientes requisitos:
• Los proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica deben ser calificados como tales.
• El proyecto debe ser realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica.
• Asimismo, deben contar con investigadores o especialistas, según corresponda, que estén inscritos en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA) que gestiona el CONCYTEC, así como con materiales dedicados al proyecto, que cumplan los requisitos mínimos que establezca el Reglamento.
• Los contribuyentes que accedan a este beneficio tributario deberán llevar cuentas de control por cada proyecto, las que deberán estar debidamente sustentadas.
• El resultado del proyecto de desarrollo tecnológico o innovación tecnológica debe ser registrado en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-INDECOPI, de corresponder.
• La deducción adicional del 75% y 50% no podrá exceder en cada caso del límite anual de mil trescientos treinta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (1335 UIT).
• La calificación del proyecto debe efectuarse en un plazo de 30 días hábiles. Es de mencionar que el primer proyecto de I+D+i presentado al CONCYTEC fue calificado en 27 días, es decir, en un plazo menor al previsto por esta nueva norma.
http://portal.concytec.gob.pe/index.php/noticias/312-presidente-ollanta-humala-promulga-ley-que-aumenta-incentivos-tributarios-para-inversion-en-ciencia-tecnologia-e-innovacion-tecnologica

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