TELEFÓNICA PIERDE LITIGIO Y DEBE
PAGAR S/. 1581 MILLONES A SUNAT
El Tribunal Fiscal del Perú emitió una resolución en contra de los
intereses deTelefónica, a quien se le exige el pago de 1581
millones de nuevos soles por la liquidación del impuesto de
la renta de ejercicios de los años 2000 y 2001.
Inicialmente, la Sunat emitió cinco reparos tributarios,
luego de un proceso de fiscalización a la compañía telefónica con matriz
española en la que se detectó irregularidades en el pago de sus impuestos
durante los años mencionados.
Mediante un boletín en la Comisión
Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en España, la empresa
informó que perdió en primera instancia este litigio, lo cual podría
significarle 437 millones de euros.
El Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de una resolución administrativa, emitió una
liquidación a pagar de 1581 millones de nuevos soles. Sin embargo, Telefónica
ya adelantó que apelará a esta decisión, además de presentar medidas cautelares
para suspender este pago.
En efecto, la compañía española
tiene la facultad de recurrir ahora al Poder Judicial en su lucha para no pagar este
monto que la Sunat reclama, más todavía porque anteriormente el Tribunal Fiscal había fallado en favor de Telefónica en tres de los cinco reparos que
presentó el ente tributario.
Desde España temen lo peor,
teniendo en cuenta que si este recurso no encuentra un buen camino para sus
intereses, el litigio tendrá un impacto negativo en los resultados esperados a
fin de año.
CLAVE
El Tribunal Fiscal del Perú es un órgano del Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF) que depende administrativamente del titular del sector, aunque
cuenta con autonomía en el ejercicio de sus funciones específicas.
Precisamente, una de sus principales funciones es resolver controversias
suscitadas entre los contribuyentes y las Administraciones Tributarias.
http://www.larepublica.pe/27-03-2015/telefonica-pierde-litigio-con-sunat-y-debera-pagar-soles-1581-millones?utm_source=nl-lr&utm_medium=email&utm_campaign=newsletter20150327
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