MOSCU: EL TRATADO DE LA OMS CONTRA EL TABACO SUPONE UN PROGRESO CONSIDERABLE PESE A LA CRECIENTE PRESIÓN EJERCIDA POR LA INDUSTRIA TABACALERA
La sexta reunión de la
Conferencia de las Partes (COP6) en el Convenio Marco de la OMS para el Control
del Tabaco (CMCT de la OMS) ha finalizado hoy en Moscú. A lo largo de los seis
días que ha durado la reunión, considerada como una de las más fructíferas en
la historia del CMCT de la OMS, se han adoptado varias decisiones clave.
En su discurso de apertura, la
Directora General de la OMS, Dra. Margaret Chan, dijo que, «a medida que la
aplicación del Convenio Marco alcanza nuevas cotas, la industria tabacalera
contraataca con mayor vehemencia y por todos los medios posibles, sin importar
lo arteros que esos medios y prácticas puedan ser».
Pese a los crecientes esfuerzos
de la industria tabacalera por minar el CMCT de la OMS, se han aprobado
importantes decisiones.
«Las Partes han adoptado
medidas valientes en varias esferas, y me complacen las orientaciones dadas a
la Secretaría de que intensifique nuestra colaboración con las organizaciones
internacionales para reducir el consumo de tabaco, sin dejar de prestar
asistencia a las Partes para que aceleren la aplicación del Tratado», ha dicho
la Dra. Vera da Costa e Silva, Jefa de la Secretaría del Convenio.
Una de las primeras decisiones
aprobadas por las Partes se refiere a las directrices relativas al artículo 6,
que versa sobre las medidas fiscales para reducir la demanda de tabaco. Los
impuestos sobre el tabaco son un instrumento altamente eficaz para influir en
los precios del tabaco, ya que el aumento de los impuestos suele conllevar el
incremento de los precios, lo que a su vez provoca la reducción del consumo.
Las reglamentaciones prevén el
seguimiento, el aumento y el ajuste anual de las tasas tributarias, teniéndose
en cuenta la inflación y el crecimiento de los ingresos. Al mismo tiempo, todos
los productos de tabaco deberían gravarse de forma comparable para prevenir la
sustitución de unos productos por otros.
A la luz del artículo 5.3 del
CMCT de la OMS, las Partes han acordado varias medidas para restringir las
injerencias de la industria tabacalera, como pedir a la Secretaría del Convenio
que siga prestando apoyo técnico a las Partes y que colabore con las
organizaciones internacionales sobre las cuestiones relativas a la influencia
de las empresas tabacaleras.
Otro hito en la lucha contra el
tabaco ha sido la adopción de la decisión relativa a los sistemas electrónicos
de administración de nicotina (y sistemas similares sin nicotina), también
conocidos como cigarrillos electrónicos. Este producto bastante novedoso fue
comercializado por primera vez por empresas independientes, pero muchas de
ellas están controladas actualmente por tabacaleras multinacionales.
Esta decisión permite a las
Partes prohibir o regular estos productos como consideren apropiado, ya sea
como productos de tabaco, productos medicinales, productos de consumo o
cualquier otra categoría de producto, e insta a las Partes a considerar la
posibilidad de prohibir o restringir su promoción, publicidad y patrocinio.
En la COP6 se siguió la
tradición de las conferencias anteriores y se adoptó la Declaración de Moscú.
Habida cuenta de que la mayor carga de la morbilidad relacionada con el consumo
de tabaco recae en los grupos de población más vulnerables, en la Declaración
se pide a las Partes que refuercen la colaboración internacional en el control
del tabaco con miras a lograr la meta mundial de aplicación voluntaria de
reducir en un 30% la prevalencia del consumo de tabaco para 2025.
El Presidente de la Mesa de la
COP, Profesor Chang Jin Moon, ha dicho que se han adoptado muchas otras
decisiones importantes y que «es evidente que las Partes están a favor de
seguir realzando la importancia del CMCT de la OMS en los foros internacionales
y en la agenda mundial en favor de la salud».
Estas decisiones incluyen:
·
propuestas para regular el tabaco sin humo y los productos para
pipas de agua;
·
recomendaciones con miras a la entrada en vigor del Protocolo
para la eliminación del comercio ilícito de productos de tabaco;
·
el propósito de proseguir la labor respecto del artículo 19,
relativo a la responsabilidad de las empresas tabacaleras;
·
la puesta en práctica de los principios enunciados en los
artículos 17 y 18 respecto de la promoción de medios de vida alternativos y
sostenibles para los cultivadores de tabaco;
·
cuestiones relativas al comercio y las inversiones relacionadas
con la aplicación del CMCT de la OMS;
·
la evaluación del impacto del Convenio en la epidemia del
tabaquismo.
Estas decisiones en su conjunto
contribuirán a hacer avanzar el tratado, que entró en vigor en febrero de 2005.
El número de Partes en el Convenio es actualmente de 179. Se trata del tratado
más rápidamente ratificado en la historia de las Naciones Unidas. La
Conferencia de las Partes es el órgano deliberante del Convenio; se reúne
periódicamente para examinar los progresos realizados y adopta las decisiones
necesarias para promover su aplicación efectiva.
Contacto para
los medios de comunicación
Andrey Muchnik
Responsable de Comunicación, Secretaría del CMCT de la OMS
Móvil: +41 76483 7463 (18 de octubre: +7 910 450 2365)
E-mail : muchnika@who.int
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