MOSCU: EL TRATADO DE LA OMS CONTRA EL TABACO SUPONE UN PROGRESO CONSIDERABLE PESE A LA CRECIENTE PRESIÓN EJERCIDA POR LA INDUSTRIA TABACALERA


La sexta reunión de la Conferencia de las Partes (COP6) en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT de la OMS) ha finalizado hoy en Moscú. A lo largo de los seis días que ha durado la reunión, considerada como una de las más fructíferas en la historia del CMCT de la OMS, se han adoptado varias decisiones clave.
En su discurso de apertura, la Directora General de la OMS, Dra. Margaret Chan, dijo que, «a medida que la aplicación del Convenio Marco alcanza nuevas cotas, la industria tabacalera contraataca con mayor vehemencia y por todos los medios posibles, sin importar lo arteros que esos medios y prácticas puedan ser».
Pese a los crecientes esfuerzos de la industria tabacalera por minar el CMCT de la OMS, se han aprobado importantes decisiones.
«Las Partes han adoptado medidas valientes en varias esferas, y me complacen las orientaciones dadas a la Secretaría de que intensifique nuestra colaboración con las organizaciones internacionales para reducir el consumo de tabaco, sin dejar de prestar asistencia a las Partes para que aceleren la aplicación del Tratado», ha dicho la Dra. Vera da Costa e Silva, Jefa de la Secretaría del Convenio.
Una de las primeras decisiones aprobadas por las Partes se refiere a las directrices relativas al artículo 6, que versa sobre las medidas fiscales para reducir la demanda de tabaco. Los impuestos sobre el tabaco son un instrumento altamente eficaz para influir en los precios del tabaco, ya que el aumento de los impuestos suele conllevar el incremento de los precios, lo que a su vez provoca la reducción del consumo.
Las reglamentaciones prevén el seguimiento, el aumento y el ajuste anual de las tasas tributarias, teniéndose en cuenta la inflación y el crecimiento de los ingresos. Al mismo tiempo, todos los productos de tabaco deberían gravarse de forma comparable para prevenir la sustitución de unos productos por otros.
A la luz del artículo 5.3 del CMCT de la OMS, las Partes han acordado varias medidas para restringir las injerencias de la industria tabacalera, como pedir a la Secretaría del Convenio que siga prestando apoyo técnico a las Partes y que colabore con las organizaciones internacionales sobre las cuestiones relativas a la influencia de las empresas tabacaleras.
Otro hito en la lucha contra el tabaco ha sido la adopción de la decisión relativa a los sistemas electrónicos de administración de nicotina (y sistemas similares sin nicotina), también conocidos como cigarrillos electrónicos. Este producto bastante novedoso fue comercializado por primera vez por empresas independientes, pero muchas de ellas están controladas actualmente por tabacaleras multinacionales.
Esta decisión permite a las Partes prohibir o regular estos productos como consideren apropiado, ya sea como productos de tabaco, productos medicinales, productos de consumo o cualquier otra categoría de producto, e insta a las Partes a considerar la posibilidad de prohibir o restringir su promoción, publicidad y patrocinio.
En la COP6 se siguió la tradición de las conferencias anteriores y se adoptó la Declaración de Moscú. Habida cuenta de que la mayor carga de la morbilidad relacionada con el consumo de tabaco recae en los grupos de población más vulnerables, en la Declaración se pide a las Partes que refuercen la colaboración internacional en el control del tabaco con miras a lograr la meta mundial de aplicación voluntaria de reducir en un 30% la prevalencia del consumo de tabaco para 2025.
El Presidente de la Mesa de la COP, Profesor Chang Jin Moon, ha dicho que se han adoptado muchas otras decisiones importantes y que «es evidente que las Partes están a favor de seguir realzando la importancia del CMCT de la OMS en los foros internacionales y en la agenda mundial en favor de la salud».
Estas decisiones incluyen:
·         propuestas para regular el tabaco sin humo y los productos para pipas de agua;
·         recomendaciones con miras a la entrada en vigor del Protocolo para la eliminación del comercio ilícito de productos de tabaco;
·         el propósito de proseguir la labor respecto del artículo 19, relativo a la responsabilidad de las empresas tabacaleras;
·         la puesta en práctica de los principios enunciados en los artículos 17 y 18 respecto de la promoción de medios de vida alternativos y sostenibles para los cultivadores de tabaco;
·         cuestiones relativas al comercio y las inversiones relacionadas con la aplicación del CMCT de la OMS;
·         la evaluación del impacto del Convenio en la epidemia del tabaquismo.
Estas decisiones en su conjunto contribuirán a hacer avanzar el tratado, que entró en vigor en febrero de 2005. El número de Partes en el Convenio es actualmente de 179. Se trata del tratado más rápidamente ratificado en la historia de las Naciones Unidas. La Conferencia de las Partes es el órgano deliberante del Convenio; se reúne periódicamente para examinar los progresos realizados y adopta las decisiones necesarias para promover su aplicación efectiva.

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Responsable de Comunicación, Secretaría del CMCT de la OMS
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