EXISTEN AL MENOS 20 PARTIDOS POLÍTICOS HABILITADOS PARA ELECCIONES DEL 2016

Un total de 20 partidos políticos se encuentran habilitados para participar en las elecciones presidenciales y parlamentarias del 2016, y otras 31 perdieron su inscripción, informó hoy el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Indicó que el trabajo del organismo electoral durante el 2015 será muy activo como el año anterior, debido principalmente a las elecciones complementarias, cuyo cronograma electoral ya está vigente e inicia actividades este mes de enero.
Este año, además, se dará comienzo al cronograma de las elecciones generales 2016 con actividades preliminares previstas por el máximo ente electoral.
Hasta la fecha, los partidos políticos que ya se encuentran inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE suman 20, por lo cual se encontrarían habilitados para la contienda general del año próximo.
Se trata de Acción Popular (AP), Alianza para el Progreso (APP), Democracia Directa (DD), Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad (FAJVD), Fuerza Popular (FP), Partido Aprista Peruano (PAP), Somos Perú (PDSP), Partido Humanista Peruano (PHP) y Partido Nacionalista Peruano (PNP).
También, los Partidos Político Orden (PPO), Popular Cristiano (PPC), Perú Más, Perú Patria Segura (PPS), Perú Posible (PP), Restauración Nacional (RN), Siempre Unidos (SU), Solidaridad Nacional (SN), Todos por el Perú (TP), Unión por el Perú (UPP) y Vamos Perú (VP).
Buscan actualmente su inscripción, además, Avanza País- Partido de Integración Social, Frente Popular Agrícola del Perú (Frepap), Nación Verde (NV), Partido Político Nacional Perú Libre; Progresando Perú, Progreso y Obras, Resurgimiento Peruano, Todos Unidos Por El Perú y Triunfa Perú.
El director del ROP, Fernando Rodríguez Patrón, indicó que desde el 2004 a la fecha unos 31 partidos políticos perdieron su inscripción, pues hay cinco causales para la cancelación de inscripción de un partido, según lo establece el artículo 13° de la Ley de Partidos Políticos.
Uno de ellas señala que al cumplirse un año de concluido el último proceso de elección general, pierde su inscripción el partido que no alcance al menos a incorporar a seis representantes en el Congreso, es decir el cinco por ciento (5%) del número legal de miembros de legisladores, o haber alcanzado al menos el cinco por ciento (5%) de los votos válidos a nivel nacional.
Otra causal para el caso de las alianzas es cuando concluye el proceso electoral respectivo, ya que la inscripción de dicha coalición queda cancelada salvo que sus integrantes decidieran ampliar el plazo de vigencia de aquella, lo que deberán comunicar al JNE a más tardar dentro de los 30 días naturales posteriores a la conclusión del proceso electoral.
En tal supuesto, la alianza tendrá la vigencia que sus integrantes hubiesen decidido o hasta que se convoque al siguiente proceso electoral general.
La Ley de Partidos Políticos también indica en su artículo 11° que los partidos políticos con inscripción vigente pueden presentar candidatos a todo cargo de elección popular.
Cabe señalar, que de acuerdo al cronograma electoral de las elecciones presidenciales del 2016, las actividades preliminares de este proceso electoral empezarían desde noviembre próximo.
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